La ley provincial de Córdoba indica qué significa tener un perro potencialmente peligroso. Qué hay que tener en cuenta.
La tenencia de perros potencialmente peligrosos y la circulación de los mismos fue reglamentada en el año 2009 en Córdoba. El objetivo principal de la norma fue “preservar la vida y la integridad física de las personas y demás animales”.
Qué perros son peligrosos
Según la ley 9685, se considera perro potencialmente peligroso, “con independencia de su agresividad”, aquellos cuyas especies o razas y/o contextura física, fuerza mandibular, tengan la capacidad de causar lesiones y/o la muerte a personas y/o animales.
Estos perros, según la reglamentación provincial, tienen las siguientes características:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia;
- Marcado carácter y gran valor;
- Perímetro torácico comprendido entre sesenta centímetros (60 cm) y ochenta centímetros (80 cm), altura de la cruz de entre cincuenta centímetros (50 cm) y setenta centímetros (70 cm) y peso superior a diez kilogramos (10 kg);
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusto, con cráneo ancho y grande; y mejillas musculosas;
- Mandíbulas grandes y fuertes; boca robusta, ancha y profunda; cuello ancho, musculoso y corto
- Pecho macizo, ancho y grande; costillas arqueadas, lomo musculoso y corto; extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, relativamente largas formando un ángulo moderado.
Identificación
Los perros potencialmente peligrosos deberán estar identificados en el “Registro de Perros Potencialmente Peligrosos”, dependiente del Ministerio de Gobierno.
En ese sentido, el perro en cuestión deberá salir a pasear siempre con esta identificación. Además, los propietarios tienen que llevarlos con cadena o correa, bozal e identificación de la persona responsable de la mascota en cuestión.
Quien saque a pasear el perro tiene que tener más de 16 años.
Cómo tenerlo en casa
A la hora de tener este tipo de mascotas debemos pensar que hay que hacer algunos arreglos en casa. La ley establece, que deben estar en sitios cerrados y seguros.
Características
- Las paredes, vallas, cercos o alambrados perimetrales deberán ser suficientemente altos y consistentes, construidos con material de suficiente resistencia como para soportar el peso y la presión que ejerza el animal, no pudiendo ser inferiores a dos (2) metros de altura;
- Las puertas que permitan el acceso a las instalaciones deberán ser de tal resistencia y efectividad, como el resto de su contorno perimetral, y diseñarse evitando que los perros puedan vulnerar los mecanismos de seguridad;
- Las rejas y/o alambrados perimetrales no permitirán que el hocico del perro los atraviese, y
- En zonas rurales, los cerramientos impedirán la libre circulación del animal en lugares públicos, la vía pública o lugares de acceso al público, en contravención a lo previsto en la presente Ley.
Qué pasa si muerde
Si el perro potencialmente peligroso muerde los propietarios deben entregar al mismo al Instituto Provincial Antirrábico. Los dueños tienen un plazo de 24 horas para realizar esta acción.
Además, la legislación provincial establece una serie de multas según las infracciones que cometa el propietario del perro.